Modificaciones al contrato del seguro de gastos médicos mayores en Mexico.
by MANUEL MORENO--- AGENTE DE SEGUROS on 03/31/13
La comisión nacional de seguros y fianzas ha hecho cambios
en su reglamentación con respecto a los seguros de gastos médicos mayores que
operan con Aseguradoras Medicas de Mexico. Estos cambios se van a ver
reflejados en la póliza y condiciones generales del seguro medico en el mes de
abril de 2013.
Las modificaciones más relevantes son las siguientes:
Los aspectos importantes de las citadas
modificaciones son: aseguradora medica tendrá la obligación de cubrir los
siniestros ocurridos dentro de la vigencia de la poliza, teniendo como límite,
lo que ocurra primero:
a) El agotamiento
de la suma asegurada.
b) El monto de los
gastos incurridos durante el período de vigencia de la póliza y el período de
beneficio establecido en la misma.
c) La recuperación
de la salud o vigor vital del asegurado.
No se podrá limitar
el pago de los siniestros por el hecho
de que el asegurado cuente con otras pólizas para la cobertura de ese riesgo.
Las primas de los
seguros de gastos medicos mayores serán calculadas para cada edad, y el costo
se actualizará gradualmente por cada año de edad del asegurado.
En la carátula de
la póliza deberán indicarse los incrementos anuales que tendrá su prima cuando
el asegurado llegue a edades avanzadas.
En las pólizas se
deberá indicar que cuando el asegurado cambie de plan con la misma institución
de seguros, los beneficios ganados por antigüedad no se verán afectados,
siempre y cuando el nuevo plan los contemple. No podrán establecer pólizas con
periodos de espera para el caso de accidentes o urgencias.
Las pólizas aclarar
el modo en el cual se aplicará el
deducible y coaseguro al momento de pagar un siniestro.
Las pólizas podrán
establecer una cláusula que prevea la renovación automática del seguro, a menos
que la Institución o el asegurado notifiquen de manera fehaciente a su contraparte
su voluntad de no renovarlo, cuando menos con 20 días hábiles antes del
vencimiento de la póliza.
Para el caso de la
renovación automática, las pólizas deberán establecer también cláusulas que
cumplan con las siguientes condiciones:
a) La renovación
deberá ofrecer condiciones de aseguramiento congruentes con las originalmente
contratadas, por lo que no se deben ampliar periodos de espera, reducir límites
de edad, ni solicitar requisitos de asegurabilidad.
b) Deberá
establecerse la obligación de la Institución de informar al contratante, con 30
días hábiles de anticipación a la renovación de la póliza, los valores de la
prima, deducible, franquicia o coaseguro aplicables a la misma.
Con estos cambios
en el reglamento se busca dar mayor certidumbre al asegurado, y reducir el número
de controversias que ha recibido la CONDUSEF tocantes al tema de los seguros de
gastos médicos mayores.
En estas mismas fechas Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas Asociación
Civil (AMASFAC) está poniendo TOPE a la suma asegurada de los seguros de
gastos médicos mayores de Mexico, la suma asegurada sin límite se va cambiar por una suma asegurada con limite en
los $50,000.00 pesos. Con lo cual se busca estabilizar el mercado, ya que las
reaseguradoras están renuentes a continuar trabajando con seguros médicos sin límite
de suma asegurada.